Capítulo 2 – Big data y open data

El periodismo de datos se hace con datos. Conozcamos un poco más sobre ellos.

2.1. Big Data

Se refiere a la gran cantidad de información a la que estamos expuestos casi a diario. Si en nuestros proyectos o páginas generamos información que ya pueden encontrar en otro lugar, vamos a llegar a un grupo reducido o nulo. Se trata de ofrecer nuevos tipos de reportaje, incluso con información que ya circula por la Web para atraer a gran cantidad de personas.

Características del Big Data:

Volumen. Por la gran cantidad de gigas que puede tener esta información.
Variedad. Diversidad de fuentes a las que se puede acceder a la información.
Velocidad. La frecuencia de la actualización de la información.

Hace poco se revelaron casi 400 gb de información sobre los contratos de la empresa italiana Hackteam. Diarios, medios, blogs no hablan de otra cosa que sobre esta filtración. A partir de los datos obtenidos, se pueden contar varias historias. ¿Cuánto gastó cada gobierno en contratar estos servicios? ¿Qué porcentaje representan estas inversiones en “seguridad nacional” en el presupuesto de una nación? ¿Se invierte más en esta compra de programas de espionaje que en salud?

La Big Data es conocida como la nueva revolución, según la periodista Soraya Panigua, explica que en los 80 fue el acceso a la computadora, en los 90 el Internet, a inicios del siglo 20 la Web 2.0 y ahora son los datos.

El nuevo oro es la información
En el 2009, en pleno auge de la gripe AH1N1 en Estados Unidos, Google podía predecir el avance de la enfermedad antes que el propio Centro de Control de Enfermedades. ¿Cómo lo hacía? Las personas consultaban sus síntomas en Internet antes que con el médico. Esta empresa tenía los datos de las más de tres millones de búsquedas diarias que recibe almacenadas en sus servidores, y relacionó algunas palabras claves con la evolución de la enfermedad, incluso logró establecer la ubicación de las personas. Todo eso gracias a los datos, a la información proporcionada gratuitamente. Si además sumamos la información que generan los ministerios de salud del mundo podemos ver mapas y gráficos sobre cómo evoluciona la gripe en tu país.

TAREA / CASO DE ESTUDIO
No sólo Google es una fuente de información inagotable. Las tendencias en twitter nos sirven para tomar el pulso a la actualidad. Por ejemplo, busca una etiqueta o #hashtag en tu Twitter y revisa la cantidad de tuits que se pueden generar en una hora sobre esa tema. Ahora respóndete (no hace falta enviar las respuestas):

¿Cuántos fueron? ¿De qué país son los usuarios? ¿Cuál es la temática común? ¿Su edad? ¿Están a favor o en contra del tema? ¿Comparten enlaces? ¿Qué tipo de enlaces? ¿Hay fotos o videos? ¿Hay medios compartiendo información? ¿Contrastan la información?

Con esto lograrás tener una idea aproximada de la cantidad de datos que se pueden generar en Internet. Imagina si no recolectas sólo una hora, sino un día, una semana o un mes sobre una temática y si lo haces de varias.

Mira este reportaje de The Guardian sobre los rumores que se generaron en Twitter durante las protestas de agosto del 2011 en Londres tras la muerte de un joven por disparos a manos de un policía. Hubo alguno que decía: “alborotadores entraron al zoo y liberaron animales” (Rioters attack London zoo and release animals). La mayoría fueron falsos pero igualmente incendiaron las redes.

The Guardian tomó los rumores más destacados y los tuits que se generaron en un lapso de tiempo. Fueron más de 2.6 millones de tuits. Gracias a la visualización se puede entender el impacto y su crecimiento. Lo interesante del periodismo de datos es que las conclusiones quedan para la audiencia. Es decir, tú no necesitas darle tus opiniones a la audiencia, serán los datos quienes le permitirá a la gente sacar sus propias conclusiones, hacer sus propias preguntas e incluso generar la curiosidad de investigar más del tema. En el caso del reportaje de The Guardian una de las preguntas que te puede surgir es: ¿Por qué los rumores crecieron tanto? ¿Acaso medios o personas con credibilidad retuitearon la información? ¿Cuánto contraste hay detrás de las noticias? Nota que no se necesita que el periódico te haga un reportaje sobre cómo se distorsionó la información y cómo se riega. Solo te presenta datos.

2.2. Open Data

Open Data plantea la liberación de información para mayor acceso al conocimiento y un fomento de la democracia. En 1789 la Revolución Francesa estableció: “La sociedad tiene el derecho de pedir a cualquier agente público que dé cuenta de su administración”.

Si hay investigaciones que se producen con dinero público deben estar al alcance de la ciudadanía.

El movimiento de Open Data promueve esta filosofía. Tenemos derecho a saber qué es lo que hacen las instituciones públicas, cómo se manejan los recursos, si las decisiones que se toman están sustentadas en estudios. Este tipo de información debe ser pública y de libre acceso.

Sandra Crucianelli afirma que no se necesita tener grandes recursos ni personas para desarrollar este tipo de reportajes, solo conocer las legislaciones de acceso a la información y cómo se obtiene información pública en el país.

Además, define dos características que debería tener un material para ser considerado abierto:

  • Accesibilidad. Los formatos en los cuales se presenta la información deberían ser leídos en cualquier computadora.
  • Reutilizables. Que se permita modificar y analizar la información.

En el acceso a la información existen dos realidades marcadas por las legislaciones. La primera, corresponde a los países en donde el acceso a la información es más sencillo, pues está digitalizada y en formatos correctos. Sin embargo, en la mayoría de países de América Latina no es así, a pesar de contar con leyes de acceso a la información. Los comunicadores que practican un periodismo investigativo hacen grandes esfuerzos por conseguir los datos. A veces, los consiguen en formatos inaccesibles o en papel.

Surgen movimientos interesantes alrededor del mundo. Open Goverment es un ejemplo. El gobierno abierto se entiende como promover prácticas de transparencia para empoderar a los ciudadanos y ciudadanas. En el 2011, ocho países suscribieron una Declaración de Gobierno Abierto. Estos países son: Brasil, Indonesia, México, Noruega, las Filipinas, Sudáfrica, Reino Unido y Estados Unidos. Hasta hoy se han suscrito 64 naciones.

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Fuente. OGP. (2011). Alianza para el Gobierno Abierto.
http://www.opengovpartnership.org/es/countries

En este documento los gobiernos se comprometen a “fomentar una cultura de gobierno abierto que empodere y brinde resultados a los ciudadanos, y promueva los ideales del gobierno abierto y participativo del Siglo XXI (OGP, 2011). Es decir, se reconoce la importancia de la transparencia de la información y esto se traduce en leyes que faciliten el acceso.

El acceso a la información y el fomento del Open Data consolidan el periodismo de datos. A su vez quienes lo desarrollan deben promover el acceso abierto a los materiales que generan.

El trabajo de periodistas ayuda a ordenar y clasificar la información y la consolidación del Open Data. Más adelante veremos algunos portales donde conseguir estos datos abiertos.

TAREA
Revisa las legislaciones nacionales e internacionales y responde en los comentarios de la página: ¿Cómo haces para conseguir información pública en tu país?
¿Está digitalizada o en un repertorio público digital de fácil acceso la información?

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Capítulo 2 – Big data y open data

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50 comentarios sobre «Capítulo 2 – Big data y open data»

  1. En Argentina, la información pública tiene libre acceso para toda institución o persona interesada.
    El Decreto 1172/2003 establece que todos los ciudadanos pueden acceder libremente a cualquier tipo de información (documentos escritos, fotográficos, grabaciones, soporte magnético, digital, o en cualquier otro formato) creada u obtenida por el Poder Ejecutivo Nacional o que obre en su poder o bajo su control o cuya producción haya sido financiada total o parcialmente con fondos públicos.
    (http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/90000-94999/90763/norma.htm)

    Se puede acceder a esta información a través del Boletín Oficial que se publica diariamente y que tiene acceso libre y gratuito.

  2. En Venezuela la constitución establece el acceso a la información en el articulo 143, y los portales web del gobierno publican informaciones y aún así ubico otros medios y redes para contrastar las informaciones. tambien existen diferentes medios publicos y privados que nos brindan informacion

  3. En la mayoría de las veces, cuando necesito acceso a la información pública, si busco en las páginas webs, la información institucional y de gestión gubernamental aparece obsoleta o simplemente no aparece. Entonces me toca investigar en bibliotecas o llegar a las oficinas de las instituciones para accecer a material físico y obtener la información que deseo, en el mejor de los casos.

    Sin embargo, me he encontrado en situaciones donde las mismas instituciones aseguran «no poseer documentación» de determinado tema, ni en físico. Esto me parece totalmente inaudito, si Nicaragua que cuenta con la Ley 621, Ley de Acceso a la Información Pública y mediante esta Ley se obliga a las instituciones de Gobierno a crear Oficinas de Acceso a la Información, pero que en la práctica esto se queda en el olvido.

  4. En Nicaragua esta el acceso a la información Pública lamentablemente no se cumple, los medios de comunicación que tienen acceso a ello solamente son los que pertenecen al estado, los medios independientes tiene que buscar y escudriñar de la manera mas profesional por otros medios. También cada ministerio a creado páginas web el problema es que no sirve de nada porque las páginas están todo el tiempo desactualizadas.

  5. El derecho de petición es una de las múltiples formas a la que podemos acudir los ciudadanos para informarnos sobre cualquier asunto de gobierno.
    En Colombia, está consagrado en la Constitución política de 1991 y, además, en la ley 1712 del 6 de marzo de 2014. A esta se le conoce como ley de transparencia. Está reglamentada en el decreto 103 del 20 de enero de 2015 y en el decreto 1494 del 13 de julio de 2015.
    Este último decreto establece en el artículo 26: Respuesta a solicitud de acceso a información: es aquel escrito mediante el cual, de forma oportuna, veraz, completa, motivada y actualizada, todo sujeto obligado responde materialmente a cualquier persona que presente una solicitud de acceso a información pública. Su respuesta se dará en los términos establecidos por el artículo 14 de la ley 1437 de 2011. La respuesta a la solicitud deberá ser gratuita o sujeta a un costo que no supere el valor de la reproducción y envío de la misma al solicitante. Se preferirá, cuando sea posible, según los sujetos pasivo y activo, la respuesta por vía electrónica, con el consentimiento del solicitante»
    Conviene tener en cuenta que se puede obtener in formación a través de: derecho de petición, veedurías ciudadanas, derechos del consumidor, superintendencias, observatorios sociales y gubernamentales y ONGs, entre otros.

  6. También me anime a investigar sobre la cantidad de datos que se genera sobre un tema y me puse a leer sobre el decreto de Obama hacia Venezuela, es impresionante la cantidad de información que encontré. Titulares en los periódicos, artículos en los blogs pero sobre todo los comentarios del twiter, la etiqueta #ObamaDerogaElDecretoYA en su versión español e ingles, fue tendencia mundial por varios días. Miles de imágenes y caricaturas se difundieron en todos los medios, tanto físicos como digitales, usuarios de todos los países del mundo apoyaron o repudiaron la etiqueta. Aun hoy se sigue utilizando la etiqueta en twiter

  7. Buenas tardes .En mi país por medios alternativos respetamos las leyes medios alternativos en la cual se toma en cuenta de la ley de responsabilidad social ,radio,y medios .donde tenemos el alcance de las misiones gracias a nuestro comandante hugo rafael chavez eterno ,nos dejo grandes información para así prepararnos en el deber social. a los medios alternativos para estar comunicados , en las redes sociales, entre otras.mas la ley jurídica. todo esto nos ayuda informarnos cada día mas..En el periodismo se investiga para luego indagar la información y el acceso ala computadora para así llevar su base de datos…

  8. De acuerdo a lo que corresponde a México, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental es la ley que establece el derecho que cada persona tiene al acceso al información tanto de las instituciones y organismos del Estado.
    Aunque, en lo personal, no he hecho solicitudes de información, tengo entendido que para esto hay que ingresar al instituto de acceso a la información pública de cada entidad federativa o estado, aparece una selección de registro, para eso una debe tener un usuario y contraseña, es decir, registrarse antes, luego se procede al inicio de llenado de solicitud. Y me parece que hay un período de tiempo en el cual quien solicita información debe recibir respuesta. Por lo que he escuchado de personas conocidas es un proceso que no es rápido, y puede resultar hasta engorroso porque las solicitudes no son atendidas del todo.

  9. Buenos días, en Venezuela encuentra las páginas de los ministerios con información, contactos, galerías, video. Pero no enlaces con datos estadístico que apoye en el momento de realizar un reportaje o un documental. Se debe solicitar audiencias que duran una eternidad para obtener alguna respuesta por algún ente del gobierno

  10. Buenas noches en el caso de mi país, existe el derecho constitucional a recibir información oportuna y en los últimos años se ha democratizado el acceso a las redes, mediante la dotación de espacios públicos informáticas y computadoras a las escuelas de educación básica. Igualmente los ministerios tienen sus páginas web y sus cuentas en las redes sociales, el presidente Chavez hizo énfasis en la apropiación social de las redes, de algunas manera lo puso de moda en nuestro país, y es una forma de obtener información rápida. Sin embargo, hay mucha información que aun no está digitalizada y otra que no es «accesible» al pueblo, hay muchos protocolos para acceder a ella, hasta en los centros de documentación como los archivos históricos de algunas ciudades

  11. En México existe el Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y Protección de Datos Personales (INAI) y es la instancia a través de la cual cualquier persona puede solicitar información relacionada con el sector público como puede ser cualquier actividad que lleve a cabo la dependencia de gobierno (gastos, resultados de proyectos, minutas de reuniones , el desempeño de los servidores públicos como pueden ser ingresos, curriculum, etc.

    El solicitante no está obligado a indicar el motivo de su solicitud.

    Por su parte la dependencia está obligada a responder en un plazo máximo de 20 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud.

  12. En Colombia se puede acceder fácilmente a la información teniendo en cuenta que este es un de los derechos que tenemos los ciudadanos y que así mismo lo consagra en la ley, por ello: la corte constitucional declara el derecho a acceder a la información pública toda persona, sin exigir ninguna cualificación o interés particular para que se entienda que tiene derecho a solicitar y a recibir dicha información de conformidad con las reglas que establece la Constitución y el proyecto de ley. Esta disposición se ajusta a los parámetros constitucionales del derecho de petición, de información y del libre acceso a los documentos públicos, a los principios de la función pública, que consagran los artículos 20, 23, 74 y 209 de la Carta.
    Del mismo modo, contamos con bases de datos de universidades y bibliotecas que fácilmente pueden ofrecer la información pública que necesitemos, la prensa, los blogs y en general la TIC posibilita la obtención sencilla de la información que necesitemos

  13. En Colombia está la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional 1712 del 6 de marzo de 2014, en el cual el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República brinda la Información adecuada a los ciudadanos, como están organizadas las diferentes dependencias como secretarias de tránsito y educación y sobre todo los medios de informar lo que sucede al nivel del gobierno, presupuesto de manera general del Gobierno, contratación de esta institución. Un Gobierno que hace uso de las Tic en medio de la ciudadanía para que se estén Informando constante por si acaso algún ciudadano tiene alguna duda.

  14. SI, ACA EN VNZLA, HAY MUCHA INFORMACION DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES, QUE SE PUEDEN BAJA EN GRÁFICA, POR EJEMPLO LA DENSIDAD DEMOGRÁFICA, LOS ALCANCES DE LAS OBRAS SOCIALES,(MISIONES),ETC, ESTO AGILIZA Y DA UNA IDEA DE COMO VAN CRECIENDO O DISMINUYENDO TODAS LAS ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN A TRAVÉS DEL GOBIERNO,, ES MUY PRACTICO, ASÍ COMO LOS NOTICIEROS SERIOS INTERNACIONALES LOS VEMOS Y GRAFICAMOS Y PORCENTUAMOS, ES INTERESANTE ESTA TEMA SOBRE TODO LA INFORMACION MUNDIAL.

  15. Mi periodismo lo realizo para la Región del Catatumbo y todo lo que tiene que ver con la información del estado, en muchas ocasiones se encuentran el las paginas de los ministerios del Gobierno. si hablo de lo local no es mucha la información que se encuentra digital pero al momento de solicitar puede hacerse por escrito.

  16. Saludos. Aunque me encuentro en Ecuador realmente soy periodista cubana por lo que mi respuesta va a comentar sobre mi país Cuba..
    Al revisar los portales de OpenGoverment 2011 encontramos que Cuba no figura entre sus firmantes, así como según freedominfo.org Cuba es uno de los 4 países de América Latina que no tiene Ley Orgánica de Transparencia y acceso de los Ciudadanos a la información.Esta información es cierta. Aunque relativa..
    Cuba al igual que la mayoría de los países tiene dificultades en el acceso a la información gubernamental , tengan o no promulgada una ley. Sin embargo podemos trabajar.
    – La constitución Cubana de 2002 en su articulo 63 establece «todo ciudadano tiene derecho a dirigir peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado».
    -Cuba tiene desde épocas tan tempranas como 1977 el acceso documental a información de Salud sistematizada y desde 2003 una red digital (INFOMED).
    -Cuenta con un Sistema de procedimiento para el acceso a la Información Publica que continua en construcción, ejemplos..www.gacetaoficial.cu, http://www.infomed.sld.cu, http://www.mediambiente.cu, http://www.one.cu, http://www.cubaminrex.cu, etc. Todos ellos portales institucionales.
    -El gobierno Electrónico se reforzó a partir del Decreto Ley No 281 del ano 2011 «Del Sistema de Información del Gobierno», http://www.cubagob.cu. El articulo 5 estipula que los ciudadanos son «Fuente y Destinatarios de la información de Gobierno con Derechos y Obligaciones».
    -Debemos tener en cuenta que el país tuvo limitaciones computacionales-tecnologicas que ha ido resolviendo, asi como una pobre conectividad a la red de redes.Tiene el compromiso de informatizar y conectar el 90 % del país hasta el 2020.
    -Todo lo que nos lleva a concluir que Cuba progresivamente instrumenta el camino a una Ley de Transparencia de la información.

  17. ¿Cómo haces para conseguir información pública en tu país? En Venezuela la constitución establece el acceso a la información en el articulo 143, y los portales web del gobierno publican informaciones y aún así ubico otros medios y redes privadas para contrastar las informaciones.
    ¿Está digitalizada o en un repertorio público digital de fácil acceso la información? Se encuentran digitalizadas y se tiene acceso a ella sin embargo siempre es importante poder acceder a diferentes fuentes para lograr un mejor trabajo comunicacional

  18. Saludos.

    Ciertamente comparto la informacion de algunos colegas, la Constitucion Nacional de la República Bolivariana de Venezuela es garante del derecho de acceso a la informacion sin embargo hay situaciones en las que parece imposible acceder a la misma, por situaciones burocráticas o simplemente por simple negación para evitar que se difunda un mensaje que no sea favorable para algunos.

    Se cuenta con el acceso a la informacion en algunos portales del Gobierno, con frecuencia lo mas recomendado como siempre es confirmar la fuente ya que en variadas oportunidades sobre todo durante tiempos de campaña electoral suelen hakear cuentas de líderes del Gobierno e incluso de instituciones gubernamentales lo que genera una reaccion en cadena que podria causar serias consecuencias.

    ¿Está digitalizada o en un repertorio público digital de fácil acceso la información?

    Alguna que otra información de interes está digitalizada y se tiene acceso a ella sin embargo siempre es importante poder acceder a la fuente para lograr un mejor trabajo periodístico y no difundir una mentira tras otra, ser imparcial suele ser aun más complicado en esta constante batalla mediática de la era digital. Existe alguna iformación digitalizada de facil acceso otra por el grado de interes y sobre todo de hermetismo no es de fácil acceso a quienes investigamos y buscamos mostrar la verdad de los hechos.

  19. ¿Cómo haces para conseguir información pública en tu país?
    Busco en las páginas web de los ministerios de Bolivia, en la radio, tv o periódicos. Hablo con autoridades de instituciones del Gobierno o con instituciones privadas como ONGs, dependiendo de los datos que necesito.
    ¿Está digitalizada o en un repertorio público digital de fácil acceso la información?
    En algunos casos sí es de fácil acceso y en otros no. El acceso a la información depende de la temática ya que, algunas instituciones públicas seleccionan los temas y datos que publicarán en favor de la gestión gubernamental.

  20. En la República existe la Ley No. 6 de 22 de enero de 2002, por medio de la cual se dictan normas para la transparencia en la gestión pública.

    Entre otros aspectos, se destaca la libertad y acceso y el derecho a la información que tiene toda persona, sin necesidad de justificación o motivación alguna. La información es de acceso público en poder o en conocimiento de las instituciones indicadas en la Ley en mención.

    Esta Ley obliga a las instituciones públicas o estatales del país a mantener actualizada la información de acceso pública, la cual en la mayoría de los casos debe aparecer en los sitios web al alcance de las personas que las requieran.

  21. En el Ecuador,en el año 2004 entra en vigencia la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP) .
    La actual Constitución que rige desde el 2008 garantiza el derecho de los ciudadanos al acceso a la información, concebido como la potestad que tienen las personas para conseguir la información que emane o que se encuentra en poder de las instituciones, organismos, entidades y personas jurídicas de derecho público y de derecho privado que tengan participación del Estado o sean concesionarias de éste, en cualquiera de sus modalidades, a través de esta nueva acción constitucional.
    Así las instituciones públicas y privadas, tiene la obligación de realizar un proceso de rendición de cuentas a la ciudadanía cada año. Por medio de un trámite pequeño, luego de la rendición de cuentas, suben la información a sus páginas institucionales. En donde se puede acceder a la información. Excepto algunas cosas que son confidenciales. Para ello debe ser notificado con un juez, para la realización de trámites correspondientes.

  22. En Venezuela la constitución establece el acceso a la información e el articulo 143, y los portales web del gobierno publican algunas información, pero existe la dificultad de que los funcionario no tienen disposición a suministrar información, lo que la hace difícil

  23. En Colombia las páginas del gobierno, presidencia, las alcaldías, las gobernaciones tiene acceso a sus informes, a sus planes de gobierno estado de avance, a estadísticas, aunque en ocasiones es difícil encontrar las rutas. Frente a legislaciones internacionales, no tengo conocimiento y en lo que navegué en las páginas no vi accesos o información sobre este tipo de legislación. En lo que puedo percibir es un gobierno abierto, con información de acceso fácil, aunque me imagino, tendrán datos que aún no publican en este medio.

  24. no conozco mucho de legislaciones internacionales , pero en Venezuela tenemos la ley de responsabilidad social en radio TV y medios electrónicos que te permite el control de lo que por esta vía se mueve.
    En Venezuela la información la GUINDAN en las diferentes paginas institucionales y de allí se bajan para ser constatadas y publicadas en nuestros medios.

  25. En Ecuador nos regimos bajo la LOTAIP Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
    Las instituciones públicas constan con página web, no siempre actualizada, por lo que para conseguir información hay que solicitar entrvista o a través de un escrito solicitarla, por lo que no siempre es fácil acceder a la información, lo mismo sucede con las entidades privadas.

  26. En Venezuela existe un marco jurídico que norma el derecho a la información de la ciudadanía y a la rendición de cuenta por parte de los actores decisores. Sin embargo dista mucho entre el deber ser y la práctica. En la CRBV en su artículo 143 se nos habla del derecho a la información por parte de los ciudadanos y las ciudadanas. La Ley Orgánica de la Administración Pública en su artículo 11 nos habla de la rendición de cuentas. De igual forma encontramos la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal y la Ley contra la Corrupción. Entre las páginas donde podemos acceder a la información tenemos: INE,es el ente rector del sistema estadístico del país. SISOV, es el Sistema Integrado de Indicadores Sociales, y BCV, ente rector de los indicadores económios y financieros del país.

  27. En El Salvador, también existe la Ley de Acceso a la Información Pública, y las instituciones están obligadas a mantener actualizada la información sobre gastos, salarios y temas similares a fin de transparentar el accionar de las instituciones.
    Esto se publica en sus páginas web, pero también puede ser solicitado personalmente, y sin cuestionamientos tal como se explica en este link: http://www.gobiernoabierto.gob.sv/pages/ley-de-acceso-a-la-informacion-publica

    Sin embargo, aún hay temas que permanecen como confidenciales, a pesar de ser información de interés público. Temas que siguen siendo requeridos por la prensa salvadoreña así como por otras entidades de la misma población.

  28. En Guatemala, también existe la Ley de Acceso a la Información, con la cual, todas las instituciones estatales deben exponer ahí su información. Esto lo hacen a través de sus portales web y visitando las oficinas físicas de cada institución. Muy a pesar de esta ley, un buen porcentaje de organismos no tienen liberada toda la información al público, o no la mantienen actualizada. También existe el portal Guatecompras.com que es el sistema de adquisiciones y contrataciones del Estado, un filtro interesante para saber sobre las compras públicas.

  29. Uno de los sitios donde puedes ver estadisticas es a través del Instituto Nacional de Estadisticas (INE) en http://www.ine.gov.ve/ esta digitalizada de facil acceso. También se puede dirigir personalmente a los órganos competentes y solicitarla.

  30. Gracias a la Ley de Acceso a la Información Pública muchas instituciones estatales han creado o están creando páginas web para subir su información de carárter oficial y pública, pero también en algunos lugares puede pedirse de forma física; si alguna institución se niega a darla, puede acudirse al Instituto de Acceso a la Información Pública para que la canalice; pero aún no toda la información es pública: la otra es reservada o es clasificada como confidencial.

    Sin embargo, me parece un proceso en construcción.

  31. En Venezuela no existe una ley que regule íntegramente el derecho de acceso a la información pública. No obstante, además de las reseñadas previsiones constitucionales, existen diversas normas que contemplan garantías para el acceso a la información del Estado por parte de la ciudadanía y que regulan las actividades de la administración pública en esta materia, a pesar de ello resulta muy difícil y por no decir imposible lograr conseguir información de interés para todo aquel ciudadano venezolano que necesite realizar una investigación periodística o de otra índole.
    En lo concerniente a las limitaciones existentes para obtener información pública. De acuerdo al marco legal vigente, en Venezuela no se puede solicitar información relativa a seguridad interior y exterior, investigación criminal y a la intimidad de la vida privada (artículo 143 de la Constitución de la República
    Bolivariana de Venezuela).

  32. En Venezuela a pesar de contar con un excelente compendio marco jurídico (http://www.mp.gob.ve/LEYES/constitucion/constitucion1.html , http://www.conatel.gob.ve/files/leyo.pdf , http://www.leyresorte.gob.ve/wp-content/uploads/2012/07/Ley-de-Responsabilidad-Social-en-Radio-Television-y-Medios-Electr%C3%B3nicos.pdf , http://www.minci.gob.ve/wp-content/uploads/downloads/2013/01/27jun06codigoetica.pdf , http://cdn1.cnpven.org/archivos/73/original_ley_ejercicio_periodismo.pdf (ésta última deberá ser actualizada y reformada) entre otras ) referente a obligaciones y derecho de los ciudadanos de informarse y estar informados de forma oportuna y veraz, tal vez por desconocimiento, por omisión o por temor, algunos servidores públicos tiembla cuando un periodista se inmiscuye en hacer un trabajo de investigación y precisión. Sin embargo existe una gran cantidad de portales que facilitan el acceso a información estadísticas y demás. No obstante en algún momento se me ocurrió escribir “hoy reconozco aún más, lo difícil del ejercicio del periodismo en una sociedad que desconoce sus derechos a la libertad de expresión”. Muchos servidores pretenden evadir sus responsabilidades en decir “no estoy autorizad@ a dar información”. En todo caso el mensajero no es, el culpable de sus desmanes y si la noticia no les favorece. Ese no es el problema, es la noticia. Ahora mismo se debate en la Augusta Asamblea Nacional, la “LEY DE COMUNICACIÓN DEL PODER POPULAR” en honor y reconocimiento del más grande comunicador de finales del Siglo XX y principio del Siglo XXII, Hugo Chávez.

  33. Para Colombia existe la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional 1712 del 6 de marzo de 2014, donde por ejemplo el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República pone a disposición de la ciudadanía datos como organización de los estamentos públicos, presupuesto de manera general del Gobierno, contratación de esta institución. Así, como es una política estatal y de obligatorio cumplimiento por todas las instituciones de en virtud de esta ley hacer uso del Gobierno en linea, usando las TICS para que cualquier ciudadano pueda acceder a la información,

  34. En Venezuela es dificil a pesar del mandato constitucional acceder a los documentos públicos…
    Se hace cuesta arriba, ya que a pesar de regirte por los lineamientos que ellos te exigen para acceder a la informacion… generalmente no responden.

  35. El el 20 de agosto del 2008 fue publicada en el Diario Oficial la Ley 20.285 sobre Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, herramienta que permite a la ciudadanía dar cuenta sobre todos los actos y resoluciones de las administraciones del Estado, desde el listado de funcionarios públicos con sus respectivos sueldos hasta toda iniciativa realizada con financiamiento fiscal.

    Si se requiere información adicional, el Gobierno da la opción de solicitarla mediante correo electrónico, siendo respondida la solicitud en cuestión de una semana.

    En los sitios web de los ministerios existen enlaces hacia Gobierno Transparente, lugar que sirve como biblioteca virtual, almacenando toda la información de manera digital, siendo los documentos escaneados y luego subidos a la web para ser transparentados.

  36. En Venezuela, con la aprobación de la Constitución de 1999, bajo el gobierno de Hugo Chávez, se aprobó el artículo 143 (basado a su vez en el principio de transparencia de la administración pùblica, consagrado en el artículo 141 de la constitución) que facilita la solicitud de datos oficiales. este artículo expone que «los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a ser informados e informadas oportuna y verazmente por la Administración Pùblica. (…)» consagrando el acceso a los archivos y registros administrativos. Obliga a que cualquier funcionario pùblico debe dar información. Además existe el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) http://www.ine.gov.ve a través del cual se ubican diversas estadísticas nacionales.
    Por otra parte se ha impulsado el desarrollo del gobierno electrónico y todos los ministerios tienen portales webs donde se consiguen los presupuestos, licitaciones, etc.
    El gobierno electrónico es para hacer más eficiente la administración pública y que el ciudadano tenga acceso a la información.
    No obstante debo reconocer que no es muy fácil la obtención de datos oficiales a pesar del mandato constitucional. Para conseguir la información hay que dirigir una carta al ente respectivo y a veces éste no responde en el tiempo deseado o sencillamente no responde nunca y entonces hay que emplear otras vías. El sector privado es impenetrable desde el punto de vista de la información y también los sectores militar y eclesiástico, así como el financiero (banca)…

  37. En mi país existe este manual con los lineamientos para la implementación de datos abiertos
    http://www.fng.gov.co/ES/Documentos_DatosAbiertos/Modelo%20de%20Datos%20Abiertos.pdf

    Existe un sitio especializado llamado catálogo de datos abiertos http://www.datos.gov.co/frm/buscador/frmBusquedaAvanzada.aspx

    Existe una página dedicada al gobierno abierto http://www.procuraduria.gov.co/portal/Indice-de-Gobierno-Abierto.page

    En la página de la Procuraduría hacen referencia a algo llamado Transparencia y Acceso a la Información Pública, pero navegando por la web, no hay información muy útil. http://www.procuraduria.gov.co/portal/ltransparencia.page

    En este sitio, se encuentra el acta del proyecto de ley estatutaria para sobre transparencia y derecho de acceso a la información pública nacional http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2013/c-274-13.htm

    También están los datos conocidos por algunos colombianos como la página del DANE
    https://www.dane.gov.co/

    Por último, encontré este manual de acceso a la información en coherencia y aplicación de la ley 1712 de 2014, o ley de Transparencia
    y Acceso a la Información de Ecuador, que puede servir como referente.
    http://flip.org.co/sites/default/files/archivos_publicacion/Manual%20de%20acceso%20a%20la%20informaci%C3%B3n%20web.pdf

    1. Por supuesto que estos son algunos de los lugares donde podemos encontrar información de acceso público en Colombia. Sin embargo, también es útil resaltar que las bases de datos de las bibliotecas de las universidades (muchos son de acceso libre para estudiantes o no), catálogos de información de las bibliotecas públicas, material para investigación de estas dos, los semilleros de investigación, biblioteca del Congreso, entre otros. La cuestión en nuestros países es la baja cantidad que se ha digitalizado y por tanto aun no es abierta al público, por lo cual no es tan sencillo a veces conseguirla. Además de la «tramitología».

      1. De acuerdo con Natalia y Oscar en la legislación y los sitios para conseguirlas, la celeridad es que el virtual es el mayor acceso donde las entidades públicas deben presentar todos los datos para que el publico acceda directamente de la pagina web, la deficiencia es que pocos ciudadanos pueden acceder a ella, hay otras medidas como el derecho de petición, veeduría ciudadanas que facilitan la obtención de datos. la ley de transparencia es amplia con respecto a los datos y la publicación de la contratación pública es de fácil acceso. hay que anotar que se puede solicitar copia a costo del solicitante, están las auditorias publicas que permiten interactuar contratistas comunidad. cada ministerio publica de manera obligatoria su información igual toda las entidades estatales,

  38. aca tenemos un instituto federal de acceso a informacion publica. yo no he solicitado informacion aun asi que no se que tan facil o en que formatos esta la informacion.

    1. En Ecuador nos regimos bajo la LOTAIP Ley Orgánica de Transparencia y acceso a la información pública. Que nos dice:
      «Que es necesario hacer efectivo el principio de publicidad de los actos, contratos y gestiones de las
      instituciones del Estado y de aquellas financiadas con recursos públicos o que por su naturaleza
      sean de interés público;
      Que la misma norma constitucional establece que no existirá reserva respecto de informaciones que
      reposen en archivos públicos, excepto de aquellas que por seguridad nacional no deben ser dadas a
      conocer.

      Toda página digital sea pública o privada debe contener una pestaña con información abierta y de conocimiento público.

  39. Saludos a tod@s:

    En mi caso que resido en Puerto Rico puedo conseguir información pública (digitalizada) en la páginas que tiene el gobierno en la Internet y así también otras de contenido legal.

    Por ejemplo si se necesita información sobre legislación reciente o alguna actividad relacionada existen estas tres páginas:
    http://www.fortaleza.gobierno.pr/
    http://senado.pr.gov/Pages/default.aspx
    http://www.tucamarapr.org/dnncamara/

    O también se puede accesar esta valiosa página de temas legales:
    http://www.lexjuris.com/lexleyes.htm

    Bueno seguiremos estudiando y comentando.

    Fraternalmente,

    Ramón W. Ortiz Rosario
    Gerente General
    Radio Entérate Ahora
    Humacao, Puerto Rico

    http://www.soundclound.com/radio-enterate-ahora
    http://www.facebook.com/radioenterateahora
    http://www.twitter.com/monortizrosa

    1. En Nicaragua tenemos una ley de acceso a la Información Publica. El problema es que no se aplica. Los ciudadanos o periodistas que queremos obtener datos nos quedamos esperando por la falta de voluntad de las autoridades. Producto de esta misma ley los ministerios han creado paginas web, sin embargo, están desactualizadas o la información es muy global.

    2. En República Dominicana se cuenta con la Ley General de Libre Acceso a la información Pública (200-04), la cual constituye el instrumento jurídico, que «obliga» a las instituciones destinatarias de fondos públicos a transparentar sus acciones y una herramienta que procura garantizar el derecho fundamental de acceder a la información pública. Sin embargo muchas instituciones no actualizan su información, o simplemente los funcionarios omiten o ignoran «a propósito» las solicitudes de las mismas. Como en muchos casos en éste país la ley se queda en el papel y el proceso investigativo periodístico es bastante engorroso.

        1. Saludos a todos, lo que respecta a nuestra Venezuela, se cuenta con acceso a la información tal como lo establece nuestra Constitución y se demuestra en los diversas páginas web y portales donde son publicadas las informaciones.de.ciertos organismos, aunque pienso que no hay un fácil acceso con ciertas informaciones. Es cuestión de indagar mas este temaen el que.estoy por primera vez incursionando, gracias a todos por los comentarios, han sido de gran ayuda.

          1. En Venezuela existen diversas maneras para conseguir información, especialmente con el uso de las nuevas tecnologías. Ministerios y entes gubernamentales tienen portales web a través de los cuales se puede obtener información bastante actualizada. También hay gran cantidad de información en bibliotecas públicas y privadas. Ministerios como el de la Mujer, de las Comunas, entre otros tienen material que ellos mismos producen con información importante. Lo más difícil es contactar a personeros del gobierno para obtener información de primera mano.

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