Capítulo 5 – Cómo publicar mis producciones de forma libre: tipos de licencias.

El modelo que propone la cultura libre no es necesariamente el de la gratuidad sino el del libre acceso. ¿Qué diferencia hay?

Antes de comenzar con los aspectos legales de las licencias, es necesario subrayar y aclarar algo que seguro ya has escuchado: libre no quiere decir que sea gratis.

En un entorno creativo común la escritora o el músico tiene el control sobre su obra y se le permite decidir con qué licencia publicar y qué permisos dar a la gente para que las disfrute. El copyright no permite fotocopiar, distribuir o difundir por cualquier medio una obra sin la autorización del autor. Esto significa que es ilegal fotocopiar un libro. Aunque el derecho autoral tiene algunas excepciones.

Por ejemplo, si se fotocopian sólo unas cuántas páginas, no el libro entero y es con fines académicos, está permitido. Pero si nos atenemos a la legalidad, una profesora no podría digitalizar un libro que compró y enviarlo a su alumnado. Aunque no lo esté vendiendo y sea exclusivamente para que aprendan la historia de la comunicación, sería ilegal. Si quieren aprender, tendrían que comprar el libro o reducir su aprendizaje a la parte de historia que cabe en unas cuantas fotocopias o cometer una ilegalidad.

Ahora bien, imaginemos que ese libro tiene un tipo de licenciamiento más flexible donde está establecido que puede ser copiado y distribuido de forma libre. La profesora podría entonces mandar la copia digital a su clase. Y eso no significa que la editorial no edite copias en papel. Estas copias pueden venderse a las bibliotecas de las universidades y a estudiantes que cuenten con los recursos para comprar el libro porque quieran tenerlo en papel. Pero el resto de compañeros podrá igualmente leerlo en su versión digital de forma completa sin cometer una ilegalidad y sin tener que pagar un dinero que no tienen.

Además, quienes asisten a la universidad, en vez de formarse sólo con 2 o 3 libros por cada materia que estudian, tienen ante sí una biblioteca inagotable para su consulta. Internet ofrece a la humanidad la oportunidad más grande y la forma más sencilla de democratizar el conocimiento. La única condición es que ese conocimiento esté accesible. Y eso depende, en gran medida, del tipo de licencia con el que esté publicado.

Muchas editoriales digitales que están en la web regalan libros. Puedes descargarlos y leerlos en tu dispositivo digital sin ningún problema. Son gratis. Es no significa que sean libres. La mayoría de esos libros tiene copyright por lo que está prohibido que lo subas a otra web o lo traduzcas sin pedir permiso a la editorial. No todo lo gratis es libre y no todo lo libre es gratis.


TAREA

Para terminar de puntualizar las diferencias entre lo libre y gratuito revisa este breve artículo. 


Para que una obra sea libre debe tener una licencia que lo especifique. Ya vimos que las licencias son los permisos que una creadora o un autor otorgan sobre su obra. Es muy diferente del registro que es la herramientas que no protege del plagio. Con las licencias otorgamos o prohibimos ciertos usos de nuestras obras culturales o audiovisuales. Quien no cumpla con ellos, podría ser demandado ya que en la mayoría de países, igual que las leyes protegen obras licenciadas con copyright, también protegen a quienes licencian libremente.

En España, por ejemplo, hubo un caso muy famoso donde el periodista Jaime Alekos subió a YouTube sus grabaciones de unas manifestaciones con estas licencias libres. Varios canales comerciales de ese país hicieron uso de esos videos sin citar al autor y él los demandó. Al final, la ley le dio la razón a Jaime.

Las licencias libres más conocidas y usadas son las Creative Commons. Con este tipo de licencias libres concedemos el permiso previo de que los videos, audios, fotografías, libros o artículos sean copiados y redistribuidos por cualquier medio o formato. Pero podemos decidir si otorgamos o no otros derechos:

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Reconocimiento (Attribution-BY)
Sobre este atributo de la licencia no se puede elegir. Todas las licencias Creative Commons (CC) obligan a reconocer quiénes tienen la autoría del contenido.

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Uso comercial o no comercial (Commercial Uses – NC)
Se puede elegir si se permiten, o no, usos comerciales de la obra. Pongamos por caso que un periódico, que vende sus publicaciones y por ello obtiene lucro, quiere usar una fotografía tuya. Si la has licenciado como “NC-Usos no comerciales”, los responsables del periódico se tendrán que poner en contacto contigo y pagar el precio estipulado para un uso comercial de la foto. Sin embargo, las fotografías podrían ser usadas en un folleto que se distribuirá de forma gratuita, eso sí, reconociendo, como dijimos anteriormente, la autoría de la obra.

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Con o Sin obra derivada (Derivate Works – ND)
Se autoriza o no la realización de obras derivadas. Por ejemplo, que tu libro sea traducido a otro idioma o sea dividido en partes para hacer manuales más reducidos.

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Compartir igual (Share alike – SA)
En caso de autorizar obras derivadas, podemos exigir en nuestra licencia que esa obra, por ejemplo la traducción, sea también puesta a disposición con la misma licencia libre Creative Commons.

Combinando estos aspectos: reconocimiento, uso comercial, obra derivada y cómo compartirla, podemos decidir entre 6 diferentes tipos de licencias Creative Commons, desde las más restrictivas, hasta las más libres:

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Deben atribuir la autoría. (BY)
Sí están permitidos los usos comerciales.
Sí están permitidas las obras derivadas sin necesidad de ser
liberadas con la misma licencia.

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Deben atribuir la autoría. (BY)
Sí están permitidos los usos comerciales.
Sí se permiten las obras derivadas pero deben ser
compartidas de la misma forma. (SA)

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Deben atribuir la autoría. (BY)
Sí están permitidos los usos comerciales.
No se permiten obras derivadas (ND)

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Deben atribuir la autoría. (BY)
No están permitidos previamente los usos comerciales. (NC)
Sí están permitidas las obras derivadas sin necesidad de ser
liberadas con la misma licencia

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Deben atribuir la autoría. (BY)
No están permitidos previamente los usos comerciales. (NC)
Sí se permiten las obras derivadas pero deben ser
compartidas de la misma forma. (SA)

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Deben atribuir la autoría. (BY)
No están permitidos previamente los usos comerciales. (NC)
No se permiten obras derivadas (ND)

Estas licencias Creative Commons lo que conceden al público son “algunos derechos”. Pero el autor podría conceder “todos los derechos” si publica su obra en dominio público. El reconocimiento de su autoría siempre se mantiene. Recordemos que está dentro de los derechos morales del autor que nunca prescriben. Pero en este caso se podrá hacer uso comercial y realizar obras derivadas sin la obligación de que tengan que ser licenciadas de la misma forma.

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Comparativa entre las diferentes formas de licenciamiento. “Acceso abierto para reducir la brecha digital”, Carlos Correa, Creative Commons Ecuador.

Para elegir este tipo de licencias no hay pagar nada, ni registrarse en ningún lado. Solamente indicar en el sitio web, en el libro o en el CD que se usa una licencia CC. Se puede colocar con un ícono o en texto. Para elegir la licencia hay una herramienta en línea que es de gran ayuda: http://creativecommons.org/choose/

¿Y si quiero permitir el uso comercial pero sólo a otras radios comunitarias que no tiene fines de lucro?
Para eso existe otro tipo de licencia libre llamada Licencia de Producción de Pares. En vez de colocar el símbolo que vimos anteriormente de NC No comercial, colocas este otro:

Esto significa que permites un uso comercial “No Capitalista”: La explotación comercial de esta obra sólo está permitida a cooperativas, organizaciones y colectivos sin fines de lucro, a organizaciones de trabajadores autogestionados, y donde no existan relaciones de explotación. Todo excedente o plusvalía obtenidos por el ejercicio de los derechos concedidos por esta Licencia sobre la Obra deben ser distribuidos por y entre los trabajadores.

Ahora que sabemos cómo publicar nuestras producciones libremente, respondamos en el siguiente capítulo a otra de las preguntas más frecuentes que formulan las radios: ¿dónde consigo efectos y cortinas libres para mi radio? Antes, una breve tarea.


TAREA

Entra en la web de Creative Commons y revisa el proceso para crear una licencia y cuéntanos cuál elegirías para tu página web o tus producciones y por qué. http://creativecommons.org/choose/


 

Capítulo 5 – Cómo publicar mis producciones de forma libre: tipos de licencias.

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28 comentarios sobre «Capítulo 5 – Cómo publicar mis producciones de forma libre: tipos de licencias.»

  1. Escogería la licencia de dominio público, porque quiero que la gente se apropie del mensaje y le de múltiples interpretaciones de acuerdo al contexto cultural de los prosumidores. Así se enriquece el contenido del producto y tendría lo local una visión global.

  2. Características de la licencia
    Sus selecciones en este cuadro actualizarán el resto de cuadros de la página.
    ¿Quiere permitir que se compartan las adaptaciones de su obra?
    Sí No Sí, mientras se comparta de la misma manera
    ¿Quiere permitir usos comerciales de su obra?
    Sí No

    Me parece que utilizaría esta Licencia para la publicación de una novela.

    1. Hola Klever, al dejar todas las opciones que facilita la herramienta para elegir las licencias no queda muy claro qué licencia has seleccionado, por ejemplo bajo ¿Quiere permitir usos comerciales de su obra? dejaste el Sí y el No, ¿cuál sería la elegida? Lo más sencillo es indicarlo con las sigas, por ejemplo BY-SA-NC (Atribución, Compartir igual, No comercial).

  3. La licencia de cultura libre me parece la mas adecuada porque actualmente en mi trabajo requiero utilizar musica para videos y en algunos casos el tema puede ser el indicado pero no permite adpataciones, lo cual sigue siendo una limitante. Todo esta bien en ser libre, pero recalco que se debe mencionar el autor autora o minimamente la fuente.

  4. Utilizaría este tipo de licencia Creative Commons para nuestro programa radial: «El Corocillo Reverde en Radio», del Colectivo CDR-SUR, Comuna Ecosocialista «El Sur Existe»

    Deben atribuir la autoría. (BY). No están permitidos previamente los usos comerciales. (NC).Sí se permiten las obras derivadas pero deben ser compartidas de la misma forma. (SA)

  5. Características de la licencia
    Sus selecciones en este cuadro actualizarán el resto de cuadros de la página.

    ¿Quiere permitir que se compartan las adaptaciones de su obra?

    Sí, mientras se comparta de la misma manera.

    ¿Quiere permitir usos comerciales de su obra?


    Licencia seleccionada

    Reconocimiento-CompartirIgual 4.0 Internacional
    ¡Esta es una licencia de Cultura Libre!

    Poseo un blog y la mayoria de información audio-visual, es de mi autoria y en realidad no me habia puesto a pensar en la importancia de proteger la propiedad intelectual.

    Les gradezco por el material compartido me es de mucha ayuda.

  6. Mis audios quedarían así: Deben atribuir la autoría y sí se permiten las obras derivadas pero deben ser compartidas de la misma forma, pero aún tengo duda sobre permitir los usos comerciales. Lo anterior porque no tengo problema por que usen fragmentos de mis obras, sólo tengo una duda, si alguien cita un fragmento de mi obra pero el libro donde lo hacen se vende, haciéndolo poco accesible, ¿eso contradice este punto? Sobre los no permisos comerciales, si me llama una revista porque le intetesa mis fotos ¿existe una tabla o ley que indique a cómo vender su uso o se deja a mi elección?

    1. Hola María, buenas las preguntas que planteas.
      · Sobre los usos comerciales: cuando pones una licencia «no comercial», no significa que todos los usos estén prohibidos para siempre. Significa que no das permisos previos para usos comerciales, es decir, si alguien quiere hacer audiolibros con tus producciones y tienen la licencia No Comercial (NC) lo que tendrían que hacer es pedirte permiso y llegar a un acuerdo contigo. Es decir, se prohíbe el uso comercial por anticipado, pero si hablan contigo y tu aceptas, se firma un contrato o acuerdo y listo.
      · Sobre la cita: depende del tamaño de la cita, para citar un texto (poner un párrafo por ejemplo en otro libro) no hay que pedir permiso. Independientemente de la licencia que pongas se puede hacer.
      · Sobre los precios, no, no existe tabla, es un poco al acuerdo que llegues con la revista.
      Saludos!

  7. son muchas licencias que podemos utilizar y realmente es difícil escoger quisiera uno combinar mas cosas, pero bueno yo escogería la Licencia CC BY , escogí esta licencia porque entiendo que cuenta con algunos derechos reservados pero tambien las personas no tienen tantas restricciones y pueden compartir en este caso los audios que en mi caso produciría.

  8. Actualmente colaboro en globedia.com como Galia Perez NTTradio, mi proyecto se llama Nueva Trocha Transmedia, de allí las siglas, pero por falta de conocimientos técnicos (no se si mi conexion internet seria suficiente ni como conectarme una primera vez, ni como automatizar los audios) no he empezado a trasmitir por la web, asi que practicamente escribo lo que serian los contenidos de los audios y los publico en globedia.

    Por defecto, me parece, la licencia es CC By.

    Yo quisiera, más adelante cuando resuelva estos detalles y pueda publicar de continuo, que la licencia fuese CC By NC SA, pero me sale en la página de creative commons que no es una licencia libre…
    Quizás deba ajustarme el chip emocional, pero a mi me esta costando, al menos tiempo e inversiones, así sea pequeñas y me gusta compartir, pero si alguien va a ganar con mi trabajo me gustaría que me toque algo, así sea simbólico.
    Yo hice una canción de la Invasion de Estados Unidos a Panama, la colgué con uno de mis seudónimos, me comentó una amiga que se canta en bares de Uruguay para las efemérides. Bueno, eso si me contento con que sea CC By porque solo me motiva que no se olvide esta infamia y los cantantes, de a malas resuelven su dia a dia, pero si, por ejemplo, otra de mis canciones, Washy, la gatita ying yang, una canción para dormir niños,entrara a formar parte de un cd comercial para niños, ese mercado tiene más gente, no me parece que una disquera internacional, por ejemplo, la use y no me dé ni un real…o sea, no hay manera de controlar que los vampiros de siempre ganen a costa de los que queremos otro modelo de gestión ¿?
    Pienso que la licencia SA ayuda porque las adaptaciones deben compartirse en la misma forma, pero no estoy tan segura si surta efecto con los de la industria.

    Finalmente, en el caso de mi canción de la invasion, como no sé música la grabé a Capella y no pude hacer la maqueta de la calidad que exigen en mi pais para registrar, ya vi que eso no me quita la autoria, pero el referido grupo que le puso la música nunca la ha publicado libremente, no le veo justicia a ello, que seria enriquecerla o adaptarla y muy digno de ser compartido, pero como dije, en esa canción si es cierto que agradezco solo el by…

    En conclusión, y perdón por tanto comentario.
    Los escritos los pongo en cc by sa, pero las canciones si van a depurarlos a partir de mi voz, definitivamente cc by nc y en caso de que lo graben con voz de otro cc by sa Gracias, este curso es valiosísimo para mí.

    1. Hola Gali, sí, digamos que es una licencia libre, un poco menos que las demás, y no aprobada por los principios de la «Free Culture», pero es igualmente válida y mucho menos restrictiva que el copyright así que igualmente válida.
      Y sobre los «vampiros», claro, con una licencia NC, o por ejemplo la licencia entre pares que es la «No capitalistas», las radios comunitarias de Uruguay la podrían seguir tocando sin problemas, pero no podrían incluirla en un CD de una gran disquera sin antes llegar a un acuerdo con vos.
      Y lo del registro, como bien dices, no es necesario que lo esté para defender tu autoría, sólo tendrías que tener forma de demostrarlo, la maqueta original por ejemplo. Lo que debe hacer siempre el grupo es reconocer tu autoría, incluso, podrías reclamar ganancias si ellos la grabaron y ganaron con la canción.
      Un abrazo!

  9. Cuando vivos publicaciones digitales libres, aprendí mucho y ahora más aun referente a las autorías. Gracias por tanta luz y llamarada @Radialistas …Gracias. Seguimos aprendiendo.

  10. Una vez captada la finaliad que persigue y determina cada licencia, es menester definir que mediante las licencias se otorgan o prohiben ciertos usos de las diversas obras culturales o audiovisuales, que crean los autores.
    Personalmente, considero que el empleo de la licencia Creative Commons CC con el atributo (BY) pertinente, es la más adecuada para la difusión de contenidos en sus diversas manifestaciones, por su permisisdad de algunos derechos.
    Por otro lado, la licencia de Dominio Público nos permite muchas más salvedades, pero el atributo BY se considera imprescindible también, pero precisamente por ser de libre acceso, las opciones de obtener material totalmente liberado es muy reducida.

  11. Creo que la que más se ajusta en este caso a nuestra emisora es CC-BY-NC-SA., en atención a que nuestros principios son netamente sociales como comenté en tarea antereior, de todas formas estamos en pañales respecto a las Licencias dado que no teníamos conocimiento más extenso de como se manejaban estas situaciones.
    Este curso nos está dejando mucho más ilustrados a como manejarnos y así seguir el camino correcto.
    Gracias.

  12. Características de la licencia
    Sus selecciones en este cuadro actualizarán el resto de cuadros de la página.
    ¿Quiere permitir que se compartan las adaptaciones de su obra?
    Sí, mientras se comparta de la misma manera
    ¿Quiere permitir usos comerciales de su obra?

    Licencia seleccionada
    Reconocimiento 4.0 Internacional
    ¡Esta es una licencia de Cultura Libre!

  13. Tarea # 5

    Mi primer encuentro con la licencias Creative Commons, fue al crear una Biblioteca Digital, utilizando software Libre, CALIBRE como vehículo de la misma, pero la complicación comenzó cuando me toco nutrir de libros la biblioteca y vi que todo no se podía compartir ni descargar ni cambiar el formato de compilación, la solución fue librerías libres y con licencia Creative Commons. Las licencias que yo utilizaría serian dos;
    Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual
    CC BY-NC-SA
    Esta licencia permite a otros entremezclar, ajustar y construir a partir de su obra con fines no comerciales, siempre y cuando le reconozcan la autoría y sus nuevas creaciones estén bajo una licencia con los mismos términos.

    Esta la usaría para producciones literarias y teatrales y la licencia de producción de pares para mis produciones radiofónicas, ya permites un uso comercial “No Capitalista”: La explotación comercial de esta obra sólo está permitida a cooperativas, organizaciones y colectivos sin fines de lucro, a organizaciones de trabajadores autogestionados, y donde no existan relaciones de explotación. Todo excedente o plusvalía obtenidos por el ejercicio de los derechos concedidos por esta Licencia sobre la Obra deben ser distribuidos por y entre los trabajadores.
    Licencia de Producción de Pares.

    1. Buena Alonso, creo que has captado perfectamente la idea. Lo interesante de estas licencias es, precisamente, la flexibilidad. Así puedes elegir una para cada tipo de trabajo,como es tu caso, o si quieres, una para cada obra en singular. Abrazo!
      Santiago.

  14. Es muy interesante, ya me inscribí, aunque lamentablemente no tengo una página portal web para compartirlo, he subido varios de mis trabajos y hasta ya he tenido comentarios, es una plataforma que ayuda a socializar los temas.

    1. Hola Irina, recuerda que esa web de CC es sólo una herramienta que ayuda a elegir las licencias para contenidos que luego publicas en otras webs, justo la práctica final habla sobre eso. Un abrazo!

      1. Gracias Santiago y amigos de Radios Libres… Estoy justo a la espera de poder ya aplicar cuando cuente con mi blog. Gracias nuevamente por la respuesta.

  15. Elegirìa:

    Licencia seleccionada

    Reconocimiento-CompartirIgual 4.0 Internacional

    Mis producciones hasta el momento disfrutarían de lo siguiente:

    ¿Quiere permitir que se compartan las adaptaciones de su obra?
    Sí, mientras se comparta de la misma manera
    ¿Quiere permitir usos comerciales de su obra?

    Con ello, fomentaría la idea de libre pero a la vez permitiría el uso comercial la obra lo que redundaría en mayor crecimiento y producción artística.

    1. Bien Gillermo. Igual, un detalle. Cuando ponemos que «Sí permitimos los usos comerciales de la obra» estamos diciendo que alguien puede tomar tu libro, hacer copias y venderlo sin ningún problema y sin darte un % de las ganancias a vos. Si pones NC (no usos comerciales) lo que significa es que si esa misma persona quiere hacer copias del libro y venderlas sólo puede hacerlo si antes habla contigo y llegan a un acuerdo. No quiere decir que se prohíbe el uso comercial, sino que tienen permiso para hacerlo o que no lo tienen hasta que no lleguen a un acuerdo con el autor.

  16. Deben atribuir la autoría. (BY)
    Sí están permitidos los usos comerciales.
    Sí se permiten las obras derivadas pero deben ser
    compartidas de la misma forma. (SA)
    Creo que este se ajusta mas al mundo radial.

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