Tarifas que deben pagar las radios en línea por derechos de autor

Segunda parte de este especial sobre Derechos de autoría y Radios en Línea.

En un anterior artículo hablamos acerca de las tarifas que las radios deben pagar por transmitir música protegida con copyright. Hemos intentado elaborar un listado de las sociedades que gestionan colectivamente el cobro de estas tarifas en cada país. No es sencillo. En algunos países hay más de una, por lo general se dividen por artes, unas cobran por los temas musicales, otras por conciertos, obras de teatro o audiovisuales,…

Queremos dejar claro, que este listado es orientativo y te recomendamos que te informes bien de la legislación y obligaciones existentes en tu país. Recogemos las diferentes organizaciones y detallamos las tarifas de las relacionadas con la radiodifusión.

SOCIEDADES DE GESTIÓN DE DERECHOS DE AUTOR EN AMÉRICA LATINA

ARGENTINA

Tienen tres sociedades que de alguna forma se relacionan con la radiodifusión:

Esta última clasifica los pagos en función de la potencia de salida. Por ejemplo, con más de 5Kw de potencia debes pagar el 2.06% mensual sobre los ingresos brutos totales. Si transmites con menos de 5Kw el porcentaje baja hasta el 1.65%.
[Ver Tarifas]

En las preguntas y respuestas frecuentes de la Web de SADAIC son específicos a la hora de hablar de radios por Internet:

Pregunta: Tengo previsto lanzar una Radio por Internet… Necesito contar con algún tipo de autorización para transmitir música en las emisiones? Que arancel debo abonar?

Respuesta: Debe solicitar autorización a SADAIC. El arancel a abonar por el uso de obras musicales para esta modalidad es el que se consigna en el Apartado 3 del Anexo 1 del Régimen Autoral y Licencia para el uso del repertorio de Sadaic en Internet o redes análogas vigente. El pago de estos derechos deberá acompañarse con la respectiva Declaración Jurada Mensual, impresa en tamaño oficio y confeccionada por duplicado.

Si revisas el Anexo del que hablan, verás que el porcentaje es del 10% y el mínimo a pagar varía en función de la cantidad de visitas a tu web.

BOLIVIA

Tarifas en porcentajes variables en función de una clasificación musical, dependiendo de si la radio es completamente musical o no.
[Ver tarifas]

CHILE

Estipula el pago del 2,5% mensual por derechos de ejecución de obras y el 1,25% mensual por derecho de ejecución de fonogramas del total de los ingresos de las emisoras de radio en general.
[Ver tarifas]

Hay un apartado especial para medio en línea que deben pagar desde un 1.8% a un 3.6% de sus ingresos. El porcentaje varía en función de si la radio transmite el 100% del tiempo música, o sólo una parte y el resto es programación no musical.
[Ver tarifas]

COLOMBIA

Esta es una de la gestoras que recoge con más detalle las tarifas para radios en línea. Incluso distingue entre las comerciales y las no comerciales. Mientras las primeras deben abonar el 3% de sus ingresos, las que no tienen fin de lucro deben abonar el 30% de una salario mínimo mensual legal vigente (smmlv).

Esta clasificación diferenciada también existe para las tarifas que deben abonar las radios de FM y AM que son comunitarias.
[Ver tarifas]

COSTA RICA

Cobra un porcentaje de la facturación y específica que no incluye transmisión por Internet, pero en el tarifario no especifica cuándo sería el costo para los medios digitales.
[Ver tarifas]

CUBA

Sin información disponible.

ECUADOR

Las radio en línea deberán pagar el 1% más IVA del total de ingresos obtenidos. Si el mínio no llega a un Salario Básico Unificado (SBU) más IVA, ese será el monto a pagar (unos 400 $USD). Las radiodifusoras de aire pagan porcentajes de ingresos en función del tiempo de música que transmiten. Si sólo el 1 a 30 % pasan música pagan el 0.60% de ingresos brutos más el IVA. Y si la programación es netamente musical abonan un 1.60 %. Las radios comunitarias pagan porcentajes del SBU en vez sobre sus ingresos ya que se supone que no tienen.
[Ver tarifas]

EL SALVADOR

  • SACIM EGC – Salvadoreños Autores, Compositores e Intérpretes Musicales, Entidad de Gestión Colectiva
    http://www.sacim.org/
  • ASAP EGC – Asociacion Salvadoreña de Productores de Fonogramas y Afines, Entidad de Gestión Colectiva
    http://asap-egc.com/

Cobran el 3% tres por ciento sobre los ingresos mensuales por ventas. Si es una radio sin ingresos deberán pagar la tarifa mínima que es un porcentaje de un Sueldo Mínimo Vital. Este porcentaje varía en función de la categoría de la emisora, si es musical total o sólo en parte de la programación.

No habla específicamente de Radios en Internet, sólo de “Radioemisoras cerradas” pero se refieren a aquellas que realizan su transmisión por cable, hilo o circuito cerrado.
[Desde mayo de 2019 ya  no tienen información publicada en su web]

GUATEMALA

  • AGINPRO – Licencias, derechos conexos, productor de fonogramas, comunicación pública de música, reproducción.
    http://www.aginpro.org/

Las radioemisoras tradicionales pagan un 3% de las ventas facturadas por publicidad. Las radios que unicamente transmiten por internet pagan un 2% si tienen ingresos y las que no venden publicidad 25 UDAS por mes.

La UDA es la “Unidad de Derecho de Autor”, veremos que también se usa en México. En Guatemala se calcula en tomando como base de cálculo el salario mínimo vigente en el país para un trabajador no agrícola. El equivalente a un día del citado salario corresponderá a una Unidad de Derecho de Autor (UDA).
[Ver Tarifario]

HONDURAS

  • AACIMH – Asociación de Autores, Compositores, Interpretes y Músicos de Honduras
    http://aacimh.org.hn/

Se paga un canon mensual en función de la cantidad de transmisores y repetidoras que tenga la emisora.
[Ver tarifas]

MÉXICO

Para radios de transmisión abierta se cobra el 2.5% sobre la facturación de publicidad. También para radios en internet, a diferencia que si este 2.5% no llega a 25 UDAS por mes (Unidades de medida de Derecho Autoral, varía el monto cada año) este último valor será el costo a cancelar.
[Ver tarifas]

NICARAGUA

Sin página web ni tarifas publicadas.

PANAMÁ

Las radioemisoras pagan una tasa mensual en función de si son radios nacionales (600 $USD), metropolitana (450 $USD) o las regionales/noticiosas (300 $USD)

Porcentajes y tarifas variables en función de la cantidad de visitantes/oyentes a la página web. Y diferencia entre las páginas comerciales y las que no tienen fin de lucro.
[Ver tarifas]

PARAGUAY

Las radioemisoras pagan un 1.5% sobre el total de ingresos pero no especifica nada sobre las radios en línea.
[Ver tarifas]

PERÚ

En radiodifusión, en función del tiempo que dedican a la música los porcentajes varían 2.38% para las que el 100% del tiempo pasan música y 0.14% para las que dedican menos del 5%. En las tarifas para las radios en línea los porcentajes varían 1.48% a 0.05% también en función de la cantidad de música que se transmite.
[Ver tarifas]

REPÚBLICA DOMINICANA

Estipula el pago del 3% de los ingresos publicitarios para las radioemisoras hertzianas y también para las radios en línea. El porcentaje sube al 8% si permiten además la descarga de la música. Si son emisoras de aire que también transmiten en Internet tendrán que cancelar un 2.5% por radio en línea además del 3% por aire.
[No funciona el enlace al tarifario]

URUGUAY

AGADU es la encargada de estos cobros, pero no tiene publicadas en línea las tarifas. Hemos escrito al correo de su página web pero aún no hemos recibido respuesta. En la nueva versión de la web aparece un cuadro tarifario (la vimos en junio-2018 gracias al comentario de un lector). Pero para radio no hay cifra específica, sino que remiten a un convenio entre los gremios de radio y no menciona los medios comunitarios: «Los aranceles que se aplican a las Radios AM y FM surgen de los acuerdos celebrados con las gremiales que los nuclean: ANDEBU (Asociación Nacional de Broadcasters Uruguayos) y RAMI (Asociación de Radios del Interior) que se encuentran vigentes y fueron suscritos con fechas 23/06/1992 y 24/05/2005 respectivamente.»

Y también incluyen una tabla de tarifas para medios digitales. Un 10% de los ingresos o una tarifa mínima de 1500 pesos uruguayos es el estándar.

VENEZUELA

[Web no disponible 07/2020]

Las radioemisoras en Venezuela deben pagar mensualmente el 0.30% sobre el 60% de la facturación bruta anual declarada ante la Comisión Nacional de Telecomunicaciones CONATEL. Para los servicios de streaming utiliza porcentajes y tarifas variables en función de la cantidad de visitantes/oyentes a la página web. Y diferencia entre las páginas comerciales y las que no tienen fin de lucro. Los porcentajes y rangos son iguales a los que se usan en Panamá.
[Ver tarifas]

BIBLIOGRAFÍA

Directorio de CISAC – Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores
http://www.cisac.org/Our-Members/Members-Directory

Principales Sociedades de Autores y Organizaciones Culturales Internacionales. Publicado por SGAE. [Ver]

Gracias a Artica Online datos sobre la gestión de derechos en Uruguay.

Tarifas que deben pagar las radios en línea por derechos de autor

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34 comentarios sobre «Tarifas que deben pagar las radios en línea por derechos de autor»

  1. Me gustaría que me orienten si tengo que pagar por los derechos de transmisión de música, puesto que se generó una apk para una aplicación exclusiva para estudiantes, esto es pues, no público. Pero si la señal es por internet.

    1. Hola Gerardo, lo «público» en este caso no se contrapone a «privado» ya que se refiere a «difusión pública». Se contrapone a «personal». Es decir, o es para uso personal o para difusión pública. Por ejemplo, supongamos que quieres proyectar una película en tu Universidad que solo verán los estudiantes, tendría que pagar derechos de autor. Lo mismo con la música. En el momento que la difundes, aunque sea para un grupo restringido (y además escolar), la ley dice que hay que pasar por caja. Otra cosa es que la gestora de autor de tu país vaya a reclamarte por eso. Hay en países que cobran hasta en los conciertos benéficos. En otras son más comprensivas con las actividades educativas como es tu caso, pero cada una hace la suya. Saludos.

  2. ¿Te parece mucho 27mil pesos? ¿Qué nos importa cuantos dolares son? Mire señor Ricardo, ese cuento que nosotros les debemos el favor porque uds nos promocionan vamos a dejarselo a Vorterix, radio donde ganaríamos dinero. Digno por nuestro trabajo. Ud como sabe que esos 27mil pesos no son la comida de tres criaturas. Como sabe que aquel músico que se esforzó, porque para entrar en radio hay que esforzarse, ese músico que estudio como yo 7 años en la EMPA y se pago los estudios levantando quiniela,le parecen dignos esos 27mil pesos. Quien es ud, come todos los días y se preocupa porque en su hobby de ser un locutor destacado opina públicamente sobre bajar nuestro sueldo. 70mil me tendrían que pagar. Nadie va y anuncia que en su trabajo seria bueno bajarle el sueldo, a ud le gustaría? Cuanto gana por mes? Respeta nuestro arte que la música mueve el mundo y a ud solo le importa su hobby de radio sin pensar en lo que predica. Ojala le cobren mucho más.

    1. Saludos «Dignidad», en primer lugar gracias por tus palabras y por enriquecer el debate. No tomes las opiniones que aquí vertimos como un ataque directo a los artistas y músicos. Si lees con atención, los comentarios no van contra ellos. Creo que las radios que aquí hablan no son medios netamente comerciales que «lucran» con la música. Ni tampoco los músicos como vos firman supercontratos millonarios con una discográfica o cobran cientos de dólares de las entidades gestoras de autor. Por lo que yo sé, el reparto con ellas es muy desigual. Al final, reciben poco (o nada en muchos casos) de estas gestoras a no ser que sean súper famosos. Estaría bien que nos compartieras tu caso con estas entidades gestoras. Es decir, al final hay una industria de intermediación que se queda con la mayoría de los recursos que no permea a la mayoría de músicos. No estamos en contra de que quienes hacen música vivan para eso, al igual que quienes trabajan en radio, vivan de ello. Al contrario. Creemos que un sistema más justo daría oportunidad a muchos más artistas que están por fuera de ese circuito «mainstream» a vivir de sus creaciones. Saludos!

  3. Buenas tardes.

    Haciendo la tarea, me encontré dos tarifas para radio que se dan en Colombia, una la hace Acinpro que en teoría es de derechos de autor. aquí está el link

    https://www.acinpro.org.co/docs/Tarifas-pdfs/tar_radio.pdf

    y otra la hace el ministerio de las TICS:

    https://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-6158_archivo_pdf_costos_v20200129.pdf

    Lo cual no deja muy claro cuanto y a quien se le paga.

    Sin embargo creo que no debe pagarse a intermediarios el valor que por derechos de autor tienen derechos aquellas personas que crean obras en diferentes espacios, por que como bien lo dicen arriba, por ejemplo en Colombia las regalías que le llegan a los y las autoras es solo una pequeña parte de lo que en verdad se recauda.

  4. Hola, acabo de llegar a este excelente sitio y busqué en SADAIC el arancel por incluir música en radiofonía y el mínimo es de 27.300 pesos al 1-2-20, o sea al día de hoy unos 400 dólares mínimo. Lo cual para una radio sin publicidad alguna ni ingresos ni ganancias y con solo el gusto y vocación de comunicar es claramente abusivo y sin justificación económica salvo sostener entidades de cuestionada legitimidad. NO reniego desde ya de los derechos de propiedad ni entre éstos de los de autoría intelectual en tanto protegen el esfuerzo, talento y sostienen la creación artística y demás, pero en tanto la música en este tipo de emisoras no representa lucro sino meramente el placer y estímulo de compartirla, el autor no es damnificado de modo alguno sino que su obra es difundida y reconocida, lo cual sí puede favorecer su consumo comercial por parte de oyentes que deseen obtener el registro grabado en cualquier soporte. O sea, parecería que este arancel a este tipo de radiodifusoras es nada más que otro exceso recaudatorio de entidades que con esto sólo engrosan y alimentan el subsidio a los grupos de poder gremial que las controlan, y no a los autores.

    1. Suscribo cada un de tus palabras. La ideas de este artículo pretende también que quienes trabajamos en radios comunitarias sepamos que estas leyes son injustas y nos vinculemos cuando se debatan en nuestros poderes legislativos para demandar un trato justo tanto para medios comunitarios, como para autores y no exclusivamente para estas gestoras.

  5. Cordiales saludos No. la respuesta es que las radios On Line no deben de pagar por la utilización de la Música, las mismas que apenas están comenzando que tienen audiencias limitadas. Sayce cito textualmente «Somos una sociedad de gestión colectiva, cuyo objetivo primordial es administrar los derechos patrimoniales de los autores sobre sus obras,». Me permito hacer el siguiente comentario, tuve el honor de conocer a Don Alfonso Cachiguango, director del Grupo ÑANDA MAÑACHI, una personalidad de la cultura ecuatoriana, hoy fallecido. Me hizo el siguiente comentario que estaba en litigio legal para poder cobrar las regalías que por derecho de autor le pertenecían al señor compositor en contra de Sayce. Mi criterio si a futuro se debería pagar por derechos de autor por las obras musicales debería ser directamente a su autor.

    1. Como ya hemos afirmado en otras radios la respuesta es sí, sí «deben» porque hay una ley que lo exige, también en Ecuador. Que este sistema sea injusto, que en realidad las radios comunitarias no tienen unas leyes que contemple su realidad, que luego muchas de estas organizaciones no reparten los ingresos como deben, tienes toooda la razón. Que por estos motivos muchas radios hacen una especie de resistencia y «objeción de pago», me parece lógico. Pero desgraciadamente, eso es lo que dicen las leyes. Lo que habría que hacer también es pelear para cambiarlas!

  6. Además, de pagar o no, en Colombia SAYCO publica en su web los recaudadores de la mayoría de los municipios, pero además de cobrar sin importar que tengas o no publicidad los debes hacer según el concepto de esta empresa. Mi concepto lo comparto con compañeros Radialistas, una emisora virtual comunitarias, educativa o que se dedique a realizar teatro no deberían cobrarle. Pero la Corrupción en Colombia es más alta que en los otros países de Latino América. Este tema permite que la tarifa sea la más alta en América y así compartirla con algunos legisladores que le dan el si. comparto o cito esto: «Legislación: La gestión de la OSA (Organzación Sayco Acinpro) está soportada en Leyes, Decretos y Tratados. A continuación, ponemos a su disposición los mismos: Constitución Política Colombiana
    ART. 58.

    Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social. La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica.

    ART. 61.
    El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley.» Hay más de 12 normas que ampara que esta organización siga haciendo mal las cosas.

  7. No. la respuesta es que las radios On Line no deben de pagar por la utilización de la Música. éste impuesto fue creado para que las organizaciones, entidades, clubes, centros de diversión, hospedaje, retiros, asociaciones, medios de comunicación, que utilicen la música con fines de lucro, ellos sí están en la obligación de pagar, a los dueños de esas obras musicales, que tienen propiedad intelectual y que en buena hora que el estado ecuatoriano sea justo con las personas que han enriquecido el pentagrama musical. Pero las radios virtuales que apenas están comenzando, que tienen audiencias limitadas, que no pueden comercializar nada, solo se limitan a promocionar la música local o regional, pero que su vida financiera aún no esta definida, no está en condiciones de sustentar una carga impositiva de ésta naturaleza. Al menos todavía no debería pagar.

    1. Aunque comparto el fondo de la cuestión, una cosa es «si deberían» y otra cosa es «si deben». ¿Deberían? Pues como dices, no, si no tiene un fin de lucro y no tiene ingresos. ¿Deben? Según la ley (de acuerdo con que son injustas), sí. Porque la mayoría de estas leyes, como estamos viendo, contemplan un mínimos fijo para las que no tienen ingresos. Ojo, que no se interprete que estoy defendiendo las Gestoras, o que estoy animando a las radios a que paguen. Eso queda en cada quien. Y si son radios que inician y no pasan publicidad ni se conocen mucho, pues casi seguro que no se les acercará la gestora a cobrar. Saludos!

  8. El caso de la SGAE, no creo que tenga solución esa sociedad esta corrupta hasta la médula. Deberían borrarla de la lista de sociedades. No me imagino otra sociedad en el mundo,con el grado de deformación que posee esta. En el año 2008, fui a Madrid, al palacio de la SGAE en Fernando Sexto, para hacer una reclamación. Y un señor funcionario llamado A.B. lo único que hizo fue burlarse de mi. Cada vez que le planteaba algo su respuesta era “no se puede hacer nada”. Ademas en un año cambiaron la presidencia como tres o cuatro veces. Muchas gracias, por la oportunidad de comentar.

  9. Hola estoy considerando armar una radio por internet, pero para evaluar el proyecto queria saber si llego a tener publicidad q corresponde pagar y donde? y lo mismo con la música, leí lo de SADAIC pero el 10% q se indica corresponde pagar, sobre q se paga?soy de la provincia de bs as Argentina gracias por lo q me puedan ayudar porq tengo q presentar un proyecto serio e importante.

    1. Hola María, suele ser un % de los ingresos de publicidad. Al no tener publicidad, hay en países que se estipula un mínimo. Pero lo mejor es que te contactes con ellos para ver las particularidades en Argentina.
      Saludos.

  10. Cordial saludo, no se si este hilo siga vigente, pero quiero preguntar si cuando una radio virtual «online» que no es comercial y su programación es musical, paga derechos de autor en » x» país, eso le da el privilegio para escucharse en todo el mundo sin restricciones, ya que sabemos que el Internet es sin fronteras.

    1. Saludos John, buena pregunta. Por lo que tengo entendido, aunque depende de las legislaciones de cada país, se supone que sí, porque las gestoras de derechos cobran en cada país en nombre de los artistas y grupos y llegan a acuerdos con las discográficas que tienen trayectoria internacional. Por ejemplo, las AM pagan en un país, pero muchas veces trascienden fronteras y se escuchan en otros países. De todas formas, es un tema para averiguar más, veré si hay algo escrito en la red. Abrazo!

  11. Soy de México. Cuando trabajé en una radio universitaria por internet, sí pagamos por transmitir a los grupos Copyrigth que los jóvenes querían escuchar. Y eso que fue tema de discusión en reuniones el decidir si pagábamos la cuota y nos desentendíamos… Ahora que trabajo en una Radio Comunitaria subsidiada por el gobierno de la capital, nos han pedido no usar música comercial en promos y cortinillas, y si se puede evitar trasmitir canciones completas con copyleft en el programa, mejor. En otras palabras, el gobierno no tiene el dinero para esas canciones y con trabajos la tuvo la universidad antes citada. El punto es que la apertura en ambas radios es amplia y acepta a los jóvenes que quieren hacer un programa de reggaeton, de las pop-stars o de la k-pop, lo que provoca una disyuntiva al interior de quienes pagan el proyecto. Y si se puede evitar trasmitir canciones completas con copyright en el programa, mejor.

    1. Saludos María, gracias por tu comentario. Me alegra que el curso esté sirviendo para evidenciar la problemática que viven muchas radios comunitarias y universitarias por este tema de los derechos sobre las canciones y los debates internos que esto genera. Creo que las radios, en general, pueden propiciar también estos debates amplios en sus programas. Es decir, invitar a las partes involucradas, intentar plantear soluciones alternativas… poder poner el tema en las agendas.

    2. Me gustaría preguntarte, acerca de la radio escolar que tranmitías y que pagabas, puesto que generé una app que solo se distribuye en lo particular a los estudiantes de una Universidad y no es, digamos para todo público, sino que solo lo utilizan los estudiantes y padres de familia, crees que se deba pagar por esto?

  12. Gracias por la información, yo he estado interesado en tener mi propia radio pero ahora lo pensaré mejor, soy ciego y utilizo un lector de pantalla para el computador y el Station Playlist Studio para transmitir he querido configurar mi propio servidor con Icecast pero no me ha sido fácil el encontrar la forma de editar los datos que por defecto trae el servidor al instalarlo en la PC.
    por si me podrías apoyar amigo te estaré muy agradecido… saludos

    1. Saludos Hugo, si le entras algo al inglés acá está la documentación oficial:
      http://icecast.org/docs/icecast-2.4.1/config-file.html
      Lo principal es editar el archivo /etc/icecast2/icecast.xml
      Este es un buen manual en castellano que te explica cómo hacerlo: https://www.enmimaquinafunciona.com/pregunta/24401/como-puedo-configurar-un-servidor-de-icecast-para-la-radiodifusion-de-audio-en-mi-red
      Abrazo y nos cuentas cualquier novedad.

      1. Muchas gracias por la información, estaré verificando…

        Por si fuese posible tomar en cuenta colocar un Capcha de audio para poder comentar, es que al ser de imagen no me es posible verificar el capcha con mi lector de pantalla en la PC. y debo solicitar ayuda para enviar mi mensaje jajajajaja

        Saludos

        1. Hugo, tienes TODA la razón! Es algo que le falta a nuestros captchas que vamos a ver cómo solucionamos. Nos ponemos a ellos. Abrazo!

    1. Hola Héctor, gracias por confirmar las sospechas, pero raro esa falta de comunicación en una gestora que se supone debe velar por recaudar fondos para sus representados.
      Abrazo!

    2. Actualizacion ! ahora hay una lista de precios al publico e interprete que son unos $ 3000 ( aprox 100 U$S ) por 50.000 oyentes mensuales

  13. Buenos días para ustedes amigos y amigas de radios Libres. en Colombia concretamente SAYCO , es una asociación de autores y compositores que esta atravesando un momento de crisis por su Alto Estado de CORRUPCION. de hecho ha cambiado su razon social porque SAYCO ha sido embargada por los propios auotores y compositores, por que èsta no ha respondido con sus responsabilidades.

    Así las cosas, y para no ampliar los casos, es muy difícil para las radios virtuales contribuir con unos impuestos Ilegítimos, que lo que hacen es seguir causando desigualdad.

    Actualmente entiendo que anda en el congreso colombiano un proyecto de ley para que las radios virtuales paguen impuestos a SAYCO o la que sera la nueva entidad. Creo que en ese momento buscaremos nuevas formas para no contribuir con esta ilegitimidad.

    1. Totalmente de acuerdo Yesid, justo en el artículo anterior que es la primera parte de este especial hablamos precisamente de eso y el caso que ponemos en temas de corrupción es SAYCO y la SGAE de España. Abrazo!

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