Capítulo 2 – El registro y las licencias de publicación: plagio vs copia

En el capítulo anterior se describió la diferencia entre los derechos morales y los derechos patrimoniales. Estamos totalmente de acuerdo con que una escritora o un radialistas exija que se reconozca su autoría de un libro o una radionovela. Si alguien se apropia de lo escrito o creado por otra persona y dice que lo produjo él, está cometiendo un plagio.

El plagio afecta a los derechos morales.

Pero si alguien copia un libro, pongamos por caso que hace fotocopias, no está apropiándose del contenido, sólo hace una copia del texto.

La copia afecta a los derechos patrimoniales, ya que se supone que se dejan de percibir ingresos por la compra de un libro cada vez que éste se fotocopia (lucro cesante le dicen a esto quienes saben de leyes).

Aunque esta afirmación no es del todo cierta, ya que no todo el que fotocopia un libro lo compraría en caso de no poderlo fotocopiar, sobre todo, por el elevado precio que tienen los libros originales.

Quienes crean una obra literaria o artística tienen todo el derecho a decidir qué hacer con sus derechos y defender tanto los patrimoniales como los morales. Para ello tiene dos herramientas: el registro y las licencias.

Supongamos que heredas una casa. Lo primero que haces es registrarla en la Oficina de la Propiedad. Pero luego, como la casa es tuya, tú decides qué hacer con ella. Una opción es habitarla sin permitir que nadie más viva allí. Estás en todo tu derecho. Pero si la casa tiene varias habitaciones siempre puedes abrir las puertas para que otras personas la ocupen. También puedes elegir si les cobras alquiler o si dejas que vivan gratis. Incluso puedes permitir que decoren de nuevo el cuarto donde van a vivir y lo mantengas así para que esas mejoras las disfruten quienes vivan después.

Con las obras culturales sucede algo similar. Cuando produces un libro o una canción puedes ir a la Oficina de Propiedad Intelectual de tu país y registrarla. Así, en el supuesto caso de que alguien la plagie, es decir, se apropie de ella y diga que la compuso o redactó, tendrás una prueba de que no fue así, por si quieres demandarlo. Esto es el registro.

En cambio, la licencia son los permisos que concedes para que la gente use tu obra. Como tú eres quien tiene los derechos de tu radionovela o de tu libro, tú eliges qué tipo de licencia usar para distribuirlo. Por ejemplo, puedes no permitir que copien o difundan tu obra, sería una licencia copyright. O, por el contrario, puedes “abrir tu casa” para que la gente use tu canción, tu libro, tus noticias o tus radionovelas usando una licencia libre.

Para compartir abiertamente tus derechos autorales tienes varias opciones. La primera es cederlos completamente, sin condiciones. Esto es lo que se conoce como Dominio Público.

Otra opción es usar “licencias libres”, es decir, permitir de antemano que las personas copien, distribuyan y difundan públicamente tu trabajo bajo las condiciones que como autor o autora indiques. Las licencias libres más conocidas son las Creative Commons y las Licencias entre Pares y de ellas hablaremos en el capítulo cuatro.

Resumiendo:

· Produces una radionovela y quieres protegerte de que algún día alguien la plagie, es decir, quieres evitar que alguien diga que esa radionovela la produjo él.

→ Lo que debes hacer es registrala en la Oficina de Propiedad Intelectual de tu país.

Un detalle. Es importante remarcar que en el mimos momento de terminar de componer una canción, escribir un libro o producir una radionovela esa obra ya está protegida por los derechos de autor sin necesidad de registrarla. Si algún día alguien la plagia, tendrías que poder demostrar ante un juez que eres el autor o autora. Para facilitar esa demostración existen los registros de propiedad intelectual. Llevas una copia de la obra producida y queda constancia de tu autoría. Así, en caso de futuros litigios por la propiedad de la obra siempre tendrás el registro para demostrarlo. Pero, como dijimos, aún sin tener ese registro oficial, la obra está protegida.

· Produces una radionovela y quienes permitir que las radios de América Latina la copien y distribuyan en CD a su audiencia, la traduzcan a su lengua originaria y la difundan por su radio, pero citando siempre quién la produjo y no lucrando con ello.

→ Lo que debes hacer es usar una licencia libre. Para eso sólo tienes que indicar que lo pueden hacer y en qué condiciones (ya veremos cómo), pero no es necesario hacerlo en ninguna institución.

Un detalle. Al igual que las obras nacen protegidas frente al plagio aún sin necesidad de ser registradas, también todas las creaciones culturales nacen con un copyright. Es decir, no puedes usarlas, difundirlas o copiarlas. Si alguna canción, foto o radionovela no expresa que tiene otro tipo de licencia, por defecto, siempre tiene copyright. Por ello es necesario que si quieres permitir que se copie y difunda debes indicarlo y colocarle una licencia libre.

¿Y puedo licenciar una radionovela con una licencia libre y evitar que “me la roben”?

Si con la palabra “robo” te refieres a que te la plagien, por supuesto. Cualquier creación cultura, artística o educativa que produzcas la puedes registrar. Es un trámite sencillo que suele conllevar el pago de una tasa. Eso te permitirá que si alguien te la “roba”, es decir, se apropia de ella diciendo que la produjo, tengas una forma de defenderte. Pero una vez que está registrada, puedes ponerle una licencia libre y otorgar permisos de difusión y copia, por ejemplo.

¿Dónde registro el nombre de mi programa?

En las mismas oficinas de registro de propiedad intelectual de tu país. Pero un nombre de programa no se registra bajo los derechos de autor, sino bajo las marcas.

Otra pregunta que las radios se hacen con mucha frecuencia respecto a los derechos autorales es referente a la música que transmiten: ¿debo pagar por la música que uso? Conozcamos la respuesta en el siguiente capítulo una vez que termines la tarea.


TAREA 
En la parte de comentarios que tienes al final de esta página responde a esta pregunta: ¿para las noticias de mi blog puedo usar cualquier fotografía que encuentre en Internet? Dinos qué opinas. Hablaremos sobre ello el miércoles 23 de mayo durante la videoconferencia.


 

Capítulo 2 – El registro y las licencias de publicación: plagio vs copia

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48 comentarios sobre «Capítulo 2 – El registro y las licencias de publicación: plagio vs copia»

  1. Para evitar futuras demandas, es mejor verificar que tipo de licencia contiene la fotografía y en lo posible solicitar el permiso de su autor y conservarlo.

    Así mismo en un pie de foto o de página, reconocer la fuente o de qué portal se tomó la foto. En el caso de Colombia, es común que aparezca en la foto o vídeo cortesía del canal X ó Y, el periódico de…

    En lo posible es mejor utilizar las fotos propias.

    1. Y una buena opción también, usar imágenes con derechos compartidos. Un detalle sobre lo que apuntas de reconocer los créditos diciendo eso de «cortesía de…» en el caso de que ser fotos con copyright daría igual ponerlo, si los dueños te quisieran demandar podrían, lo único que sirve es tener un permiso por escrito donde permiten usarlo. Como hemos repetido no hay mucha gente que inicie demandas por este tipo, pero puede suceder. En Ecuador, por ejemplo, el anterior gobierno uso las denuncias por derechos de autor a algunos medios críticos como forma de presión. Abrazo!

  2. ¿para las noticias de mi blog puedo usar cualquier fotografía que encuentre en Internet?
    Considero que NO, debido a que toda fotografía subida a la red tiene un dueño o autor.

  3. Yo creo que se puede utilizar cualquier fotografia de Internet. Solo en aquellos casos en los que este prohibida de forma escrita y clara en la web que no se peude hacer uso de ella sin el consentimiento tendremos que tomar el asunto con pinzas. Por supuesto siempre hay que hacer una referencia de donde se obtuvo la foto. Me paso dos veces que utilizaron mis fotos y nunca pusieron mi nombre y ni siquiera una direccion de donde fue sacada. En dos ocasiones me enviaron solicitudes por escrito para publicarlas.

    1. Hola Roberto, en realidad no hace falta que expresamente diga que está prohibido. Si no dice nada, significa que no se puede usar. Es al revés, en realidad tiene que decir que sí están permitidos los diferentes usos con una licencia Creative Commons u otras similares, pero si no se indica claramente eso, podrían denunciarnos. Interesante lo que comentas sobre tus propias fotografías que usaron sin decir nada. Eso, en ningún caso, es ético. Abrazo

  4. Se debe tomar en consideración y tener cuidado con aquellas imagenes de una colaboración con otro blogger, de páginas web gratis o de otro modo, asegurarse de la legalidad y de la ausencia de riesgo al utilizar las imágenes.

    es recomendable tener su propio material o pagar por los derechos y tambien es posible citar de donde se obtuvo la imagen.

  5. No.es conveniente utilizar para el blog de noticias,cualquier fotografia de internet, sin caer en la incomoda situacion de violar el derecho del autor, si la fotografia esta registrada, en este caso lo mas indicado es solicitar a propietario en este caso en particular.
    Cancelar el monto del derecho del autor sobre su producto .
    En todo caso, hay otras condiciones diferentes a la anterior, si esta tiene licencia libre o de Diminio Publico,lo que permitiria su libre uso en el blog de noticias, es justo dar credito al autor de la imagen, esta condición permite que el blog tenga credibilidad, la cual es fundamental para un programa informativo, con editorial veraz por el respeto a los usuarios, por la legalidad de los elementos audiovisuales usados en la informacion, el plagio seria un descredito para el blog. y.su eficacia informativa..

  6. ¿Para las noticias de mi blog puedo usar cualquier fotografía que encuentre en Internet?

    Muchas personas y organizaciones lo hacen, citando la fuente (o a veces ni eso), pero en principio, si la foto no tiene una licencia libre, no se debería usar al menos que se cuente con permiso expreso de quien posee su autoría. Creo que en internet existen muy malas prácticas con respecto a esto, quizás por desconocimiento o quizás por considerar que nadie se va a dar cuenta o porque parece muy engorroso solicitar permiso.

    En todo caso existen sitios web con imágenes y otros contenidos libres, donde explicitan las condiciones de uso.

    Es importante cuidarse y evitar posibles demandas

  7. Se debe respetar el trabajo de otra persona, si necesitas alguna informacion de internet, debes de mencionar el nombre del autor y el lugar en donde se publico. No hay que apoyar el plagio, mas bien resaltar la investigacion de otros y si se consigue con permisos de mejorar, copiar, sin lucro, mejor para el colectivo

  8. Pienso que debemos informar de donde la obtuvimos mediante enlace o cita bibliográfica.
    Es una forma cortés de reconocer que no es nuestra y librarnos de futuras reclamaciones por plagio.

    1. Ojo, con citar en realidad no te libras de mucho, quizás sí del plagio como dices porque así no piensan que es una foto propia, pero citar no te libraría de una denuncia si la foto que tienes en tu web tiene copyright.

  9. Considero que como un requisito indispensable para la publicación de un blog, es pertinente que las imágenes, gráficas o fotografías que vayan a ser publicadas, se deben verificar que éstas posean licencia libre. En el contexto de Internet se difunden millones de imágenes que disponen de derechos de autoría, motivo por el cual es importante verificar la licencia de las misms, para poder utilizarlas en la publicación del blog. En consecuencia, no todas las exposiciones gráficas pueden servir en la edición de un contenido, debido a la inhabilidad que les proporciona el derecho de propiedad intelectual.

  10. Creo que indistintamente de quien o quienes hagan la imagen es el autor y se deberá respetar siempre los creditos de la fuente. Sin embargo tanbien tienen derechos a reivindicaciones por su obra. En todo caso nada mejos que hacer nuestras propias imagenes y hacer protagonista el entorno en que estemos trabajando…

  11. Para utilizar una imagen, bajo lo aquí aprendido, debemos identificar si es Copyright o Copyleft. Si es Copyleft sólo citamos al autor o autora y en ocasiones la página donde está expuesta. Si es Copyright debemos ubicar y solicitar al autor y/o compañía explotadora de la imagen su utilización, pagar por ello y dar los respectivos créditos. En cualquiera de los casos, si no se hace conforme a lo establecido, nos pueden demandar por plagio.

    1. Perfecto el resumen. Un mínimo apunte. Cuando tenga una licencia Creative Commons, no basta sólo con citar, hay que cumplir el resto de condiciones. Por ejemplo, si la imagen tuviera una licencia CC-BY-SA, además de citar, no está indicando que la obra derivada (en este caso sería el artículo que usa esa foto) debería tener la misma licencia. Y si además fuera NC (No Comercial) el uso de la foto no debe ser lucrativo.

  12. Autor es la persona física que ha creado una obra literaria o artística, a quien la Ley protege para estimular su creatividad. Dentro de la clasificación de obras que pueden ser registradas se encuentran las Obras fotográficas. Al subir una fotografía al internet se vuelve de dominio público, la licencias para su uso, mas no para su comercialización.
    Considero que el propietario de los derechos puede poner un sello de agua para informar de quién son esos derechos de autor. Con respecto a la pregunta de que si ¿para las noticias de mi blog puedo usar cualquier fotografía que encuentre en Internet?. Considero que si se puede… máxime que no estamos comercializando con la (s) fotografías… lo que no «se Vale» es decir «esta fotografía es mía. Pero no esta de mas verificar qué tipo de licencia protege a la fotografía.

    1. Víctor, cuidado porque al subir una foto a Internet no se convierte automáticamente en Dominio Público, suele ser lo contrario. Difundir una foto en un blog, si no hay una licencia que especifique lo contrario, no le quita el copyright. Es decir, todas las fotos que están en Internet tiene derechos de autor. La mayoría tienen un copyright, sólo podemos verlas en la web del autor pero no bajarla y usarla en nuestra web. Pero hay muchas de ellas que están publicadas con licencias libres, esas sí las podemos usar con las condiciones que indique la licencia. Y por último, hay muchas otras que son de Dominio Público, es decir, pasaron muchos años desde la muerte del autor o el autor decidió publicarla bajo esa licencia.

  13. Yo trabajo en el sistema educativo llamado telebachillerato en México y anteriormente se utilizaban imágenes y fotos de libros y espacios de internet, claro, se citaba la fuente.Actualmente solamente nos permiten utilizar imágenes de espacios que señalen abiertamente que se pueden utilizar para hacer nuestros videos educativos.
    Por eso es muy importante saber lo relacionado con los derechos de autor.

  14. Conforme a lo comentado en el capítulo dos, creo que si puedo hacer uso de la fotografía porque al estar subida a internet , sería pública, a no ser que tenga la indicación, prohibida su reproducción.

    1. Al contrario Pedro. Siempre que no diga nada significa que no se puede usar. Es decir, aunque esté en Internet y ese publicada, al no especificar nada, por defecto, siempre está prohibida su reproducción. Tiene que decir lo contrario, por ejemplo tener una licencia Creative Commons o Entre Pares, para que sí se pueda rehusar. Abrazo!

  15. Detrás de cualquier imagen que encontremos en internet, siempre abra un autor de la misma, y como se explicó en este capítulo hay también derechos sin necesidad de ser registradas, al estar en internet no convierte a una o varias fotografías en públicas o libres, a menos que su autor lo especifique o que este bajo una licencia libre.

  16. los cantantes por ejemplo deben inscribir sus temas de sus propia creación ,en el caso de Paraguay esta APA asociación de autores paraguayos aqui en el paraguay es el ente perteneciente al estado que protege los temas nuevos de los compositores paraguayos

    1. Correcto Lili, así es. Si no se indica expresamente que se pueden usar, no se debería hacer sin conseguir permiso de quienes hicieron la foto.

  17. Si puedo publicar las fotografías de internet en mi blog, ahora bien, muchas de ellas no tienen licencia, otras tienen licencias de Creative Commons. Me ocurrió una vez, tratando de elaborar una biografía en wikipedia, que intenté colocar una fotografía y el programa de elaboración de Wiki no me lo permitía hasta tanto no colocara si la fotografía era inédita o de internet. Saludos

    1. Hola Eduardo, el caso de Wikipedia es bueno. En realidad tiene que ser una fotografía de la que tú seas el autor. En caso contrario no servirá. Y en un blog personal poder, puedes publicar fotos que no tengan licencia Creative Commons, pero no es una práctica correcta y el autor/autora puede solicitar que las quites. Sólo deberías usar fotos personales o fotos que tengan una licencia libre e indicar los créditos de los autores.
      Saludos.

    1. Correcto, si tiene copyright o si no indica nada. Es importante subrayar eso, que sólo si expresamente indica que tiene licencia libre.

  18. En cuanto a las imágenes, para ajustarse a la legislación vigente de cada estado, debieran respetarse el tipo de licencia que se declara en la web donde se encuentran, como dice Nicanor.
    En cuanto a la moralidad, depende del buen gusto y del destino que se le de (Aunque para evitar inconvenientes debiera respetarse lo que antecede)

  19. habria que considerar si la imagen esta protegida o se la bajo de alguna pagina que permita la utilización libre de la imagen.

  20. Tarea # 2
    Desafortunadamente ¡no! , en algún momento nos ha ocurrido que al usar un elemento encontrado en la red, nos encontramos que tiene un propietario y no lo sabíamos, sumado a que este autor no explica que su imagen tiene un dominio privativo, solo cuando alguien lo usa; pero afortunadamente también existen elementos libres con licencias a terceros, que tienen como finalidad, apoyar el trabajo colaborativo y cooperativo, fomentando la masificación del conocimiento.

    1. ¡Esa es la idea! Igual por eso hemos insistido mucho en que por defecto todo se crea con copyright, por lo que si no dicen nada, es que no se puede usar sin permiso.

  21. Creo que se puede usar siempre y cuando se informe de donde fue tomada o quien la hizo para respetar los derechos morales.

    1. Hola Linda, en realidad no es así con las fotos que no tienen licencias libres. Si tienen copyright y nos atenemos a la legalidad, la foto no se puede rehusar a no ser que tengamos permiso expreso del autor o quien gestione los derechos. Con las que tienen licencias libres, se podrían usar respetando siempre las condiciones que el autor le puso en la licencia: citar el nombre, para uso comercial o no, obra derivada…

  22. Para el caso de un blog o nota informativa, puedo usar cualquier imagen del Internet, sin embargo en caso personal pongo el adicional de «Fuente: ………» (La página web que se utilizó), por razones de que aun sean de dominio público, deben mencionar el autor, así me evito de cualquier demanda.

    1. Hola Irina, cuidado porque no es así. Es decir, si usas en tu blog una fotografía que expresamente no dice que tiene una licencia que permite el rehuso, por mucho que pongas de quién es, esa persona podría demandarte si quisiera. No se suele hacer porque entraña gastos y trámites, pero podrían, porque necesitas un permiso expreso de esa persona para poder usarlo.

  23. Si debes pagar si estas sujeto a los derechos de autor, salvo que la musica tenga mas 70 años o el autor haya decidido no lucrarse con la obra y este en lo que se llama musica libre de derechos o copyleft.

  24. ¿Para las noticias de mi blog puedo usar cualquier fotografía que encuentre en Internet?

    Las fotografias como cualquier producto tienen un registro de propiedad, si las vas a usar en un blog lo ideal es que si usas una con copyright te comuniques con quien tiene los derechos sobre la misma y le pidas permiso para usarla y pagues la tasa correspondiente así evitas la penalizaciòn de tipo legal. Otra opción es que selecciones una fotografía que esté amparada por una licencia libre (copyleft) lo que permite su uso en tu blog sin mayor requisito que mencionar quién es el autor de la misma.
    Saludos,
    Guillermo Arias

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